Safety Enforcement

Reglas de Horas de Servicio de Florida




Las regulaciones de Horas de Servicio (HOS) son emitidas por la Administración Federal de Seguridad de Autotransportistas y rigen las horas de trabajo en que los conductores pueden optar por los vehículos motorizados comerciales. Estas reglas limitan la cantidad de horas diarias y semanales que pasan conduciendo y trabajando, y regulan la cantidad mínima de tiempo que los conductores deben pasar entre turnos. La Sección 316.302 de los Estatutos de la Florida proporciona estas horas para una persona que opera un vehículo motorizado comercial únicamente en el comercio intraestatal.

Reglas de Horas de Servicio Intraestatales
El conductor puede conducir 12 horas después de 10 horas consecutivas fuera de servicio
El conductor no puede conducir después de la 16a hora después de entrar en servicio después de 10 horas consecutivas fuera de servicio.
El conductor no puede conducir después de 70/80 horas de servicio en 7/8 días consecutivos. 34 horas consecutivas de descanso constituyen el final del período de 7/8 días.
Los conductores que no superen el radio de 150 millas aéreas y no tengan materiales peligrosos rotulados están exentos de mantener un libro de registro. Los conductores no liberados del servicio dentro de las 14 horas deben documentar el tiempo de conducción.

Preguntas Frecuentes

  • Con el fin de acumular las 10 horas de descanso requeridas, ¿puede un conductor combinar tiempo fuera de servicio consecutivo y tiempo de descanso en cama que sea de al menos 10 horas?

    Si. Los conductores pueden usar las disposiciones de literas para dormir que figuran en la Parte 395.1 de la FMCSR para cumplir con los requisitos de descanso de las regulaciones intraestatales.

  • ¿Pueden los conductores usar los horarios de litera dividida para obtener las 10 horas de descanso requeridas?

    Si. Los conductores pueden usar las disposiciones de literas para dormir que figuran en la Parte 395.1 de la FMCSR para cumplir con los requisitos de descanso de las regulaciones intraestatales.

  • Para los conductores que operan dentro de las 150 millas aéreas y no están obligados a mantener un libro de registro, la nueva regla requiere que el empleador documente el “tiempo de manejo” y el “tiempo de servicio” para cualquier conductor que no sea liberado del servicio dentro de las 12 horas. ¿En qué formato debe mantenerse esto?

    No hay un formato requerido para estos registros siempre que documenten el tiempo de conducción. Estos registros deben mantenerse durante seis meses.

  • ¿Se requerirá que un conductor que exceda las 16 horas de servicio (sin exceder las 12 horas de manejo) tenga 34 horas fuera de servicio?

    No. Este conductor solo tendría que descansar 10 horas antes de regresar al estado de conducción.

  • ¿Las nuevas reglas intraestatales permiten el reinicio de 24 horas del período de 7 u 8 días para los conductores que transportan materiales de construcción?

    Si. El lenguaje en la Sección 316.302, Estatutos de la Florida comienza con “excepto lo dispuesto en 395.1 …”, por lo tanto, cualquier asignación en la parte 395.1 se aplicaría a las reglas intraestatales de Florida.