Derechos de las Víctimas




Nos damos cuenta de que, para muchas personas, ser víctimas o testigos de un delito es su primera experiencia con los sistemas de justicia penal y juvenil. Como víctima o testigo, usted tiene ciertos derechos dentro del sistema. Esta información, así como un folleto más detallado, está disponible para ayudarlo con las preguntas que pueda tener con respecto a esos derechos. Para obtener más información sobre estos derechos, comuníquese con la Oficina del Fiscal del Estado (SAO) y/o la agencia de cumplimiento de la ley (LEA) correspondiente que maneja su caso.

Tienes el derecho:

  • recibir el debido proceso de los tribunales y ser tratado con justicia y respeto por su dignidad.
  • estar libre de intimidación, acoso y abuso.
  • dentro del proceso judicial, estar razonablemente protegido del acusado.
  • tener en cuenta la seguridad y el bienestar de usted y su familia al establecer condiciones de libertad bajo fianza o antes del juicio que podrían afectarlo a usted o su familia.
  • para ser escuchado en cualquier procedimiento público que implique libertad bajo fianza o liberación previa al juicio.
  • para evitar la divulgación de información o registros que podrían usarse para ubicarlo o acosarlo a usted o su familia o que podrían divulgar información confidencial o privilegiada sobre usted.
  • para solicitar la devolución de su propiedad cuando ya no sea necesaria como evidencia.
  • a la restitución total y oportuna en cada caso y de cada delincuente condenado por el delito por todas las pérdidas sufridas, tanto directa como indirectamente, como resultado de la conducta delictiva.
  • a procedimientos libres de demoras irrazonables y a una conclusión pronta y final del caso y a cualquier procedimiento relacionado posterior a la sentencia. (En los casos apropiados, el fiscal puede presentar una demanda de buena fe para un juicio rápido, permitiendo que el caso sea juzgado dentro de los sesenta días, suponiendo que los derechos del debido proceso del demandado puedan cumplirse con tal y avance en la fecha del juicio. En casos no capitalizados, todas las apelaciones a nivel estatal y los procedimientos posteriores a la condena deben completarse dentro de los dos años, y los casos capitales dentro de los cinco años, a menos que el tribunal emita una orden con conclusiones específicas sobre por qué el tribunal no pudo hacerlo y las circunstancias que causaron la demora.)
  • ser informado de estos derechos y buscar el consejo de un abogado con respecto a estos derechos.

 

Además, previa solicitud específica, tiene estos derechos adicionales:

 

  • a una notificación razonable, precisa y oportuna de, y para estar presente en todos los procedimientos públicos que involucren la conducta criminal, incluyendo, pero no limitado a, juicio, declaración, sentencia o sentencia, incluso si usted es testigo en el proceso.
  • a una notificación razonable, precisa y oportuna de cualquier liberación o escape del acusado y de cualquier procedimiento durante el cual pueda implicar un derecho suyo como víctima.
  • consultar con el fiscal sobre cualquier acuerdo de declaración de culpabilidad, asuntos de restitución, participación en programas de desviación o liberación previos al juicio por parte del acusado y la sentencia o cualquier otra disposición del caso.
  • para proporcionar información a cualquier persona que realice o recopile una investigación previa al juicio sobre el impacto del delito en usted o su familia, y que el tribunal considere dicha información. Una vez que se completa el informe, tiene derecho a recibir una copia de este, a excepción de las partes confidenciales por ley.
  • ser informado de la condena, sentencia, adjudicación u otras disposiciones de un delincuente convicto, su fecha de liberación o la fecha de su escape de la custodia.
  • ser informado de todos los procesos y procedimientos posteriores a la condena, proporcionar información a la autoridad de liberación para que se considere antes de dicha liberación y ser notificado de cualquier decisión de liberación con respecto al infractor. Este derecho se extiende a todas las personas perjudicadas por el delincuente.
  • ser informado de cualquier procedimiento de clemencia o cancelación con respecto al delincuente, para proporcionar información al gobernador, el tribunal, cualquier junta de clemencia y otra autoridad en estos procedimientos, y que esa información sea considerada antes de que se tome una decisión de clemencia o cancelación, y recibir notificación de la decisión de esa autoridad antes de la liberación del delincuente.

 

Si es víctima de un delito y desea solicitar las protecciones y otros derechos que se le otorgan como parte de la “Ley de Marsy”, envíe un correo electrónico a Marsyslaw@FLHSMV.gov

 

NÚMEROS DE REFERENCIA

Registro de abuso

(Ancianos y niños)

1-800-962-2873

Indemnización por delitos

(Fiscal General)

1-800-226-6667

Servicio de Referencia de Abogados de Florida

1-800-342-8060

Consejo de Florida contra la violencia sexual

1-888-956-7273

Línea directa de violencia doméstica de Florida

1-800-500-1119

Madres contra conducir ebrio

1-877-623-3435

Línea Nacional de Abuso Infantil

1-800-422-4453

Línea directa nacional de violencia doméstica

1-800-3799-7233

Línea directa nacional de abuso de citas de adolescentes

1-866-331-9474

Línea de seguridad nacional para fugitivos

1-800-786-2929