Aviso de Correo Electrónico




ESTADO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE LAS DIRECCIONES DE CORREO ELECTRÓNICO

El siguiente aviso se proporciona de acuerdo con la sección 668.6076, Estatutos de la Florida:

Según la ley de la Florida, las direcciones de correo electrónico son registros públicos. * Si no desea que su dirección de correo electrónico se publique en respuesta a una solicitud de registros públicos, no envíe correos electrónicos a esta entidad. En su lugar, póngase en contacto con esta oficina telefónicamente o por escrito.

*Sin embargo, la sección 119.0712(2)(c), Estatutos de la Florida, estipula que las direcciones de correo electrónico recopiladas por el Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados de la Florida están exentas de divulgación al público cuando se recogen en transacciones para:

  • Certificados de título [sección 319.40 (4), Estatutos de la Florida];
  • Licencias de vehículos motorizados [sección 320.95 (2), Estatutos de la Florida]; o
  • Licencias de conducir o tarjetas de identificación [sección 322.08 (10), Estatutos de la Florida].