Información de Militares y Veteranos




Licencias de Conducir y Tarjetas de Identificación

Bajo la sección 322.21 de los Estatutos de la Florida, los veteranos con una discapacidad 100 por ciento relacionada con el servicio son elegibles para una licencia de conducir sin cargo, con endosos, o una tarjeta de identificación. Los mismos veteranos también tienen derecho a una designación de Veterano sin cargo en su licencia de conducir o tarjeta de identificación. La designación “Veteran” se puede usar para mostrar la prueba del estado para los descuentos en los comercios participantes. Los veteranos calificados deben proporcionar una tarjeta de identificación válida del Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos, que indique la calificación del 100 por ciento, total y permanente discapacidad relacionada con el servicio.

Bajo la sección 320.084, Estatutos de la Florida, los veteranos 100 por ciento discapacitados son elegibles para una placa de matrícula “DV” sin cargo para el solicitante.

Los veteranos sin hogar, su cónyuge e hijos son elegibles para una tarjeta de identificación de Florida gratuita. Debe visitar un centro de servicio de licencias de conducir para renovar o reemplazar una tarjeta de identificación.

La información sobre los documentos requeridos de REAL ID se puede encontrar al seleccionar el estado de ciudadanía aplicable a continuación.

Ciudadano Estadounidense

Inmigrante

No Inmigrante

Canadiense

 

Designación Especial

Los veteranos que viven en Florida pueden agregar una designación de veterano a su licencia de conducir o tarjeta de identificación. Para agregar “Veteran” a una licencia o tarjeta de identificación, los veteranos pueden visitar cualquier centro de servicio local. Las licencias de conducir de reemplazo son gratuitas para los veteranos que solo agreguen la designación de “Veteran.”

Para agregar “Veteran” a una licencia o tarjeta de identificación, los veteranos pueden visitar cualquier centro de servicio local. Esté preparado para traer lo siguiente:

  • Presente su DD-214, que muestra su baja honorable del servicio activo.
  • Visite nuestra página Qué Debes Traer para asegurarse de que tengan todos los demás documentos requeridos.

Los veteranos que necesitan obtener una copia de su DD-214, pueden solicitarla a través de los Archivos Nacionales, que proporciona información sobre cómo realizar la solicitud por internet en www.archives.gov/veterans/military-service-records/.

 

Residentes de la Florida Desplegados Fuera del Estado

Renovaciones Tempranas: si su licencia está programada a caducar cuando se despalga o está estacionado fuera de Florida, el departamento le recomienda renovar antes de implementar o mudarse. Los conductores de Florida pueden renovar una licencia hasta 18 meses antes de la fecha de vencimiento impresa en la licencia.

Renovaciones por Internet: puede renovar su licencia por internet en MyDMV Portal. Además, puede solicitar una licencia de reemplazo en cualquier momento si pierde su licencia o si cambia su dirección.

Una vez que haya completado una renovación por internet, puede averiguar cuándo se imprimirá y se le enviará su licencia al ver nuestro Sistema de Seguimiento de Licencia de Conducir/Tarjeta de Identificación. Ingrese su número de licencia de conducir para rastrear la emisión. Por favor, espere de 7 a 10 días para recibir la licencia por correo.

Extensiones: Si no es elegible para renovar por internet su licencia de conducir Clase E (Operador), el departamento puede emitir una tarjeta de extensión militar que extienda su privilegio de conducir continuamente cada año hasta que: 90 días después de su alta del servicio militar, regrese a Florida para residir, o si obtiene una nueva licencia de conducir o tarjeta de identificación de Florida u otro estado.

Para recibir la extensión militar, debe completar la Declaración Jurada del Personal Militar y Dependientes (formulario HSMV 73641) que certifica el estado de servicio activo en las Fuerzas Armadas de los EE. UU. mientras se encuentra fuera de Florida y proporcionar una copia de las órdenes militares actuales del miembro.

Tenga en cuenta que es posible que no se acepten tarjetas de extensión militar en algunos países cuando se sirve en el extranjero.

 

Residentes de Fuera del Estado Desplegados en Florida

Los miembros del servicio militar y sus familias que viven y conducen en Florida, pueden hacerlo con una licencia de conducir válida fuera del estado. No hay ningún requisito para obtener una licencia de conducir de Florida cuando los militares y sus familiares se mudan a Florida, aceptan un trabajo o inscriben a sus hijos en escuelas públicas.

 

Miembro de Servicio Información de Contacto de Emergencia

Al registrar a sus contactos de emergencia, les proporciona a los funcionarios policiales información sobre a quién deben contactar durante una emergencia, como un accidente. El departamento aloja la información en una base de datos segura a la que solo pueden acceder los agentes de la ley.

Incluso si previamente registró sus contactos, le recomendamos que actualice el registro si sus contactos cambian o si se mudan o cambian su número de teléfono.

Los miembros del servicio no solo deben asegurarse de registrar sus contactos de emergencia en el sistema de Información de Contacto de Emergencia del Departamento, sino que también es una buena idea asegurarse de que sus seres queridos actualicen su información también, especialmente durante un despliegue si el miembro del servicio es el contacto de emergencia. Cualquier persona que tenga una licencia de conducir o tarjeta de identificación de Florida puede registrar su información de contacto de emergencia en el sistema. Los niños de hasta cinco años son elegibles para una tarjeta de identificación de Florida.